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Nacionalidad de un bebe nacido en un avión
¿Cuál sería la ciudadanía de un bebé si se determinara que el niño nació a bordo de un avión? ¿Qué país están sobrevolando en este momento? ¿El país desde el cual el avión comercial originó su vuelo? ¿Dónde exactamente va a hacer su hogar? ¿Algún lugar completamente diferente? Estas preguntas suenan como un problema hipotético…
Hay una serie de consideraciones que intervienen en la determinación de la ciudadanía de los niños nacidos en el aire. La ciudadanía es conferida automáticamente a una persona por varios países, incluido Estados Unidos, a cualquiera que haya nacido dentro de su espacio aéreo territorial o vías fluviales. En el campo del derecho, este concepto se conoce por su nombre en latín, “jus soli”, que literalmente se traduce como “derecho del suelo”. Ciertos países se adhieren a una doctrina legal conocida como “jus sanguinis”, que se traduce como “derecho de sangre”. Esto indica que la ciudadanía del bebé estará determinada por la ciudadanía de sus padres.
Las Naciones Unidas consideran la nacionalidad de un niño nacido en un avión en vuelo según el país registrado del avión. Esto se debe a la ley del almirantazgo que dice que si el barco en el que viaja es, por ejemplo, francés, técnicamente se encuentra en suelo francés. Algunos países señalan la ciudad donde el niño desembarcó por primera vez del avión como lugar de nacimiento y el país registrado del avión como lugar de ciudadanía. Por supuesto, la ciudadanía y el lugar de nacimiento son dos temas diferentes: la ciudadanía suele ser un tema más importante y puede requerir algunos trámites mientras que escribir el lugar de nacimiento de un niño en un certificado de nacimiento es a menudo una consideración menos sustancial desde el punto de vista legal.
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