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permiso
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Obtener Permisos de Trabajo en Costa Rica no es tan simple como puede parecer en otros países. Sin embargo, el proceso es técnicamente fácil: “Encuentre un empleador, luego obtenga un permiso de trabajo y finalmente obtenga su visa de trabajo”, no es tan simple. De hecho, obtener un permiso de trabajo en Costa Rica es casi imposible. La razón es el alto nivel de restricciones que ha establecido el gobierno para garantizar que los extranjeros no tomen los trabajos que los ciudadanos de Costa Rica pueden tener. Además, si bien Costa Rica proporciona permisos de residencia temporal a los extranjeros que deseen quedarse más de 3 meses, esto no le permite trabajar automáticamente. También, sin previa autorización, solo los ciudadanos costarricenses o residentes permanentes pueden trabajar en el país.
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Los permisos de trabajo costarricenses incluyen:

  • Artistas, atletas y animadores;
  • Trabajadora doméstica;
  • Ocupación única específica;
  • Servicios de Mantenimiento Preventivo y Gestión Correctiva Post Venta;
  • Ocupación específica en una empresa (entidad jurídica);
  • Trabajadores temporales;
  • Invitados Profesionales y Técnicos;
  • Personal cesionario;
  • Trabajadores de la frontera tran;
  • Trabajadores por cuenta propia en los sectores de agricultura, construcción y servicios;
  • Autónomos de empresas consolidadas.
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Requisitos para el empleado:

  • Carta firmada del empleador previsto, que actúa como garante;
  • Oferta de trabajo o contrato autenticado que indique funciones, horas y salario, firmado por el empleador;
  • Prueba de solvencia económica del empleador (como certificación de ingresos por Contador Público Autorizado);
  • Debe permanecer en Costa Rica al menos 1 día al año;
  • No puede reclamar cónyuge y dependientes.
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Requisitos para el empleador:

• Documentos de la empresa;
• Licencia comercial del municipio correspondiente;
• Permiso de saneamiento comercial del Ministerio de Salud;
• Certificación de ingresos por Contador Público Autorizado;
• Comprobante de pago / registro de impuestos sobre la renta de la empresa;
• Registro de empresa de la Caja (CCSS);
• Debe permanecer en Costa Rica al menos 1 día al año;
No puede reclamar cónyuge y dependientes.
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Documentos*:

  1. Los documentos que cumplen con los requisitos de la categoría elegida (empleado o empleador);
  2. Verificación de antecedentes criminales;
  3. Certificado de nacimiento;
  4. Formulario de solicitud y carta de presentación (CRIE completará esto por usted);
  5. Huellas digitales (CRIE lo ayudará con esto);
  6. Registro consular (nos encargamos de ello);
  7. Ocho fotografías tamaño pasaporte (completadas cuando visita nuestra oficina).

* – Todos los documentos deben estar apostillados en su país de origen (si su país de origen no es parte del Convenio de Apostilla, los documentos deben estar autenticados o legalizados en la Embajada de Costa Rica en su país de origen).

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O PODEMOS OFRECERTE UN PLAN DE 2 PAGOS*

1er pago – Para preparar y abrir expediente de residencia con Inmigración:

    • $800 – solicitante


EL 1.er PAGO SE DEBE ANTES DE LA 1.ª CITA*

*– El 1er y 2do pago son por el servicio CRIE. Las tasas gubernamentales y otros gastos asociados con su residencia no están incluidos.

 

2do pago – Para completar el expediente de residencia con Inmigración:

  • $700 – solicitante


EL 2.° PAGO SE DEBE ANTES DE LA 2.° CITA*

*– El segundo pago vence a más tardar 60 días después de la primera visita con Inmigración

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Además de nuestras tarifas de servicio, tenga en cuenta que también habrá tarifas y gastos gubernamentales (como traducciones al español, tarifa de cambio de estado, tarifa de solicitud, tarifa de cita de huellas digitales locales, tarjeta de identificación – DIMEX, depósito de garantía, registro de caja). Para los detalles haga clic AQUÍ.

* Los impuestos no están incluidos en el precio.
* Todos los precios están sujetos a cambios sin previo aviso.

 


EXTENSIONES DE TIEMPO PARA COMPLETAR (PRÓRROGA)

Este significa, que tiene 90 días para enviar todos los documentos requeridos a Inmigración (DGME), una vez que se abre un expediente de solicitud. Digamos que un solicitante de residencia tiene dificultades para obtener documentos dentro del período asignado de 90 días, podemos ayudarlo. En este caso, CRIE puede solicitar una extensión de tiempo (PRÓRROGA) para presentar los documentos (a un costo de $100 USD, por solicitud de extensión de tiempo).

 

IMPORTANTE:

Si necesitamos enviar una solicitud de extensión de tiempo en su nombre (PRÓRROGA), es absolutamente fundamental que antes de presentar la extensión de tiempo cancele el monto de $100 USD o se arriesga a que Inmigración (DGME) deseche el expediente por falta de completar los documentos necesarios a su expediente.

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