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¿Tiene usted (o su cónyuge) una pensión de por vida de un mínimo de 1.000 dólares estadounidenses al mes? Si es así, puede calificar para la residencia en Costa Rica bajo la categoría de residencia, Pensionado.

Especificaciones de Categoría

• Requiere comprobante de ingresos de su país de origen de US $1.000 (o equivalente) por mes de una pensión permanente o fondo de retiro.
• Residencia Temporal – válido por 2 años, renovable.
• Puede solicitar la residencia permanente sin condiciones después de 3 años.
• Debe permanecer en el país por lo menos 1 día al año.
• Pueden reclamar cónyuge y/o personas menores de 18 años de edad que dependan del solicitante.
• El solicitante no puede ser asalariado.
• El solicitante puede poseer una compañía y recibir dividendos.

Documentos Requeridos

Los siguientes documentos son necesarios para presentar la solicitud de residencia temporal como pensionado:

  1. Comprobante de pensión
  2. Verificación de antecedentes penales.
  3. Certificado de nacimiento.
  4. Formulario de solicitud (CRIE completará esto por usted)
  5. Carta de presentación de la solicitud (CRIE completará esto por usted)
  6. Huellas dactilares (obtenidas en una estación de policía local en Costa Rica, CRIE lo ayudará con esto)
  7. Copia certificada del pasaporte (CRIE completará esto por usted)
  8. Inscripción consular (CRIE lo ayudará a completar)
  9. Seis fotografías tamaño pasaporte (complete cuando visite nuestra oficina)
Opciones de Pago
PLAN ÚNICO
$1800*
  • *$900 para preparar solicitud y abrir expediente
  • Incluye:
  • Presentación de solicitud
  • Toma local de huellas dactilares
  • Gastos del Trámite
  • Traducciones
  • Copias certificadas
  • Poderes
  • Fotos tamaño pasaporte
  • *$900 cuándo se aprueba la solicitud
  • Incluye:
  • Cédula de residencia (DIMEX)
  • Inscripción con CCSS
  • Licencia de Conducir
  • $500 Adicionales por dependiente (Cónyuge, Hijo)
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